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VILLA MERCEDES (SAN LUIS), 23 de febrero de 2011.

VISTO:

El EXP-USL: 0007497/2010, mediante el cual se elevó la modificación del Plan de Estudios de la Carrera Técnico Universitario en Producción Apícola, y

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento del compromiso de realizar una revisión de dicho Plan de Estudios, los docentes de la Carrera se reunieron, a efectos de tratar la continuidad del dictado de la misma y realizar los cambios pertinentes.

Que se esgrimió como argumento de los mismos, la necesidad de achicar el número de materias, teniendo en cuenta la posible fusión de asignaturas con baja carga horaria y temática afín.

Que el Objetivo General de la Carrera, consiste en capacitar a un técnico idóneo en el manejo de las prácticas y técnicas, posibilitando una adecuada gestión de la actividad apícola para una producción sustentable y sostenible.

Que el Objetivo Específico de la misma tiene como finalidad, la de formar un técnico capacitado para:

- Evaluar las variables intervinientes en los sistemas de producción, a efectos de lograr productos acordes con los estándares de calidad requeridos en el mercado internacional.

- Ejecutar acciones en empresas dedicadas a la actividad apícola, basándose en un sólido conocimiento de los distintos aspectos de su especialidad; como así también poder desarrollar su propia empresa.

- Trabajar interdisciplinariamente con profesionales de la actividad agropecuaria, con el fin de optimizar los recursos y satisfacer los distintos aspectos de la producción vegetal, animal y apícola.

- Realizar aportes desde su especialidad en el mejoramiento de las diferentes razas de abejas y de todas las técnicas de manejo apícola, permitiendo posicionar a la provincia de San Luis entre las más destacadas en la actividad.

Que Secretaría Académica tomó la intervención que le compete (08/SEP./10).

Que la Comisión de Asuntos Académicos dictaminó favorablemente (16/NOV./10).

Que Secretaría General ordenó su protocolización.

Que conforme lo normado por la Ordenanza del Consejo Superior Nº 29/98, lo solicitado encuadra en el siguiente Propósito Institucional: 3º.- Mantener una alta eficacia en los procesos de democratización de las oportunidades y posibilidades ofrecidas a los alumnos para que accedan y concluyan exitosamente sus estudios.

Por ello, en virtud de lo acordado en su sesión de fecha 25 de noviembre de 2010, y en uso de sus atribuciones,

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA Y

CIENCIAS ECONÓMICO-SOCIALES

 ORDENA:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar la modificación del Plan de Estudios de la Carrera Técnico Universitario en Producción APÍCOLA, conforme a las especificaciones contenidas en el ANEXO único que forma parte de la presente disposición.

ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Plan de caducidad y sistema de equivalencias de la Carrera Técnico Universitario en Producción Apícola, conforme se detalla: