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“2004 - Año de la Antártida Argentina”

VILLA MERCEDES (SAN LUIS), 16 de diciembre de 2004.

VISTO:

La Ordenanza Nº 007/04 de este Consejo, originada en el Expediente Nº P-5-706/04, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Artículo 1º de Ordenanza del visto, se aprobó el dictado de materias electivas para alumnos de la Carrera Ingeniería Electromecánica asimilados al nuevo Plan de Estudios.

Que en el primer considerando y en el artículo citado precedentemente se consignó un error involuntario, donde dice: “Plan de Estudios (Anexo l, Punto 5. de la Ordenanza Nº 007/04-Consejo Directivo)”, DEBE DECIR: Plan de Estudios (Anexo l, Punto 5. de la Ordenanza Nº 007/03-Consejo Directivo).

Que a fojas 05 de autos, el Señor Secretario General de la Universidad Nacional de San Luis solicitó se rectifique la Ordenanza Nº 007/04-Consejo Directivo.

Que nada obsta para acceder a lo solicitado, de acuerdo con lo establecido por el Artículo 101º del Decreto Nacional Nº 1.883/91, que expresa textualmente: "Rectificación de errores materiales. En cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión".

Que conforme lo normado por la Ordenanza del Consejo Superior Nº 29/98, la presente disposición encuadra en el siguiente Propósito Institucional: 9º.- Generar y mantener en constante revisión crítica, metodologías de acción institucional orientadas a crear y afianzar el conjunto de condiciones que se estimen necesarias para la concreción de los propósitos que definen sus funciones específicas, y en la Recomendación de la Comisión de Autoevaluación de esta Facultad: 31º.- Propender a mejorar la gestión administrativa, en el marco de las normas vigentes o a crearse, tendientes a alcanzar niveles de eficiencia, eficacia y economicidad en todos los órdenes de la organización universitaria.

Por ello, y en uso de sus atribuciones,

EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA Y CIENCIAS

  ECONÓMICO-SOCIALES

  ORDENA:  

ARTÍCULO 1º.- Rectificar el primer considerando y el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 007/04- Consejo Directivo, de fecha 26 de octubre de 2004, referida a la aprobación del dictado de materias electivas para alumnos de la Carrera Ingeniería Electromecánica asimilados al nuevo Plan de Estudios, Donde dice: “Ordenanza Nº 007/04-Consejo Directivo”, DEBE DECIR: Ordenanza Nº 007/03-Consejo Directivo.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, insértese en el Libro de Ordenanzas y archívese.

ORDENANZA D. Nº 002/04

P: 9 R: 31

mar Reg

Ingeniera Agrónoma Elba Graciela GABUTTI

CPN y PP Luis Alberto COSTAMAGNA

VICEDECANA

DECANO

a/c SECRETARÍA ACADÉMICA - Res. Nº 591/04-D.

FICES