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SAN LUIS, 15 DIC 1999
VISTO:
El Expte. Nº P-4-1551/99 donde obran las actuaciones referentes al Plan de Estudios Ord. Nº 4/96-CD de la Carrera de Licenciatura en Psicología y la propuesta de modificatoria elevada por la Comisión Ad Hoc, y
CONSIDERANDO:
Que habiéndose advertido inconvenientes en la implementación del Plan de Estudios Ord. Nº 4/96-CD, se integró una Comisión de carrera ampliada la cual elevó una propuesta a fin de resolver tales inconvenientes y en otros aspectos optimizar la excelencia académica del Plan.
Que la propuesta mantiene la fundamentación que orienta el Plan vigente, Ord. Nº 4/96-CD sin modificar criterios en las cuestiones medulares, que se procuró el mayor consenso posible por parte de la comunidad universitaria, que considera a la Psicología tanto como ciencia como profesión, que procura una formación generalista afin al modelo latinoamericano, en la convicción que todo alumno debería compartir un esqueleto común que le permita el conocimiento de todos los temas básicos de la disciplina y las áreas de aplicación más conocidas, de manera tal de quedar automáticamente habilitado para el ejercicio de la profesión en todos los campos de la práctica prevista por la Resolución Ministerial de Incumbencias de Títulos Nº 2447/85.
Que en virtud de ello resulta imprescindible actualizar el diseño curricular de los estudios establecidos en dicho Plan a la luz de la experiencia adquirida en los últimos años y las recomendaciones que el Programa de Innovación Curricular de Psicología de AUAPsi ha sugerido en sus informes técnicos.
Que resulta necesario adecuar lo establecido en la Ord. Nº 4/96-CD en relación con los cursos de idiomas extranjeros conforme al Nuevo Diseño de Cursos de Idioma por Niveles, aprobado en el ámbito de la Facultad de Ciencias Humanas por la Ord. Nº 4/99-CD.
Que Consejo Directivo en su sesión del día 09-12-99 resolvió por unanimidad aprobar las modificatorias del Plan de Estudios de la Carrera de Licenciatura en Psicología.
Por ello, y en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA
FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS
ORDENA:
ARTICULO 1º.- Sustituir el Anexo III de la Ord. Nº 4/96-CD “Plan de Estudios y Crédito Horario de la Licenciatura en Psicología” por el Anexo I “Plan de Estudios y Crédito Horario de la Carrera de la Licenciatura en Psicología” de la presente Ordenanza.
ARTICULO 2º.- Sustituyase el Anexo IV de la Ord. Nº 4/96-CD “Sistema de Correlatividades para la Licenciatura en Psicología” por el Anexo II “Sistema de Correlatividades de carácter especial” de la presente Ordenanza.
ARTICULO 3º.- Sin perjuicio de lo establecido en dicho Anexo como SISTEMA DE CORRELATIVIDADES DE CARÁCTER ESPECIAL, se establece además un SISTEMA DE CORRELATIVIDADES DE CARÁCTER GENERAL, por medio del cual se exigirá para cursar materias de tercer año, haber aprobado en su totalidad las materias correspondientes al primer año; para cursar cuarto año, haber aprobado en su totalidad las materias correspondientes a segundo año y para cursar cualquier materia de quinto año haber aprobado en su totalidad las materias de tercer año, norma que comenzará a aplicarse de manera gradual, comenzando con todos aquellos alumnos inscriptos a partir del año 2000.
ARTICULO 4º.- Modifícase el Art. 9º de la Ord. Nº 4/96-CD que queda redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 9º.- Para aprobar el Plan de Estudios correspondiente a la Licenciatura en Psicología, deberán aprobarse treinta y cuatro (34) cursos obligatorios, al menos cuatro (4) cursos electivos de cincuenta horas cada uno, y al menos dos (2) cursos correspondientes al Nivel I y II de un mismo idioma extranjero (Inglés o Francés), estos últimos de sesenta horas cuatrimestrales cada uno, sin perjuicio de los que pudieran establecerse a través de la reglamentación de la docencia libre”.
ARTICULO 5º.- Los cursos obligatorios identificados en el Anexo III con un mismo número pero distinta letra ( “a” o “b”), son opcionales cada uno de ellos. En tal sentido, y a los efectos de lo establecido en el art. 9 de la Ordenanza 4/96, será necesario acreditar uno solo de cada uno de ellos, es decir, uno sólo de los cursos identificados con los números 22, 23, 24, 25, 27, 28 y 31, del Anexo “Plan de Estudios y crédito horario de la Licenciatura en Psicología” de la presente.
ARTICULO 6º.- El nuevo ordenamiento, secuenciación y correlatividades del Plan de Estudios modificado en la Presente Ordenanza, se aplicará a partir del inicio ciclo lectivo 2000, para todos los alumnos afectados al Plan 04/96.
ARTICULO 7º.- A los efectos de facilitar la transición entre ordenamiento, secuenciación y correlatividades establecidos por el Plan Ord. Nº 4/96-CD y el establecido en la presente Ordenanza, ténganse por acreditados todos los cursos que los alumnos ya hubieren
regularizado y/o aprobado según la anterior secuenciación establecida en los Anexos III y IV de la Ordenanza 4/96, como así también en la modificatoria 9/97.
ARTICULO 8º.- Establézcase la equivalencia directa entre los siguientes cursos del Anexo III de la Ordenanza 4/96, y los siguientes cursos del nuevo Anexo: Proceso Psicodiagnóstico I y Psicodiagnóstico I; Proceso Psicodiagnóstico II y Psicodiagnóstico II; Técnicas de Exploración Diagnóstica y Diagnóstico y Evalaución Psicológica I; Diagnóstico y Evaluación Psicológica y Diagnóstico y Evaluación Psicológica II
ARTICULO 9º.- El curso de “Introducción al Conocimiento Científico” que se suprime en el Anexo “Plan de Estudios y crédito horario de la carrera Licenciatura en Psicología”, se acreditará como un curso electivo, para todos aquellos alumnos que ya lo hubieran aprobado o que lo aprobaren próximamente de acuerdo con las reglamentaciones vigentes, y con todos los alcances establecidos para los cursos electivos en el art. 9 de la Ordenaza 4/96.
ARTICULO 10º.- En razón de que el Anexo “Plan de Estudios y crédito horario de la carrera Licenciatura en Psicología”, establece la opcionalidad entre el curso de “Psicodiagnóstico II” o el curso de “Evaluación y Diagnóstico Psicológico II”, para todos aquellos alumnos que hubieren aprobado ambos cursos o sus equivalentes según lo establecido en el ARTICULO 8 de la presente, o que los aprobaren próximamente de acuerdo con las reglamentaciones vigentes, uno de dichos cursos se acreditará como un curso electivo, con todos los alcances establecidos para los cursos electivos en el art. 9 de la Ordenanza 4/96.
ARTICULO 11º.- Igualmente, y sin perjuicio de lo establecido en el ARTICULO 5 de la presente, cada uno de los cursos obligatorios pero opcionales según línea teórica establecidos en el Anexo “Plan de estudios y crédito horario de la licenciatura en psicología”, podrá ser acreditado como equivalente a un curso electivo, con todos los alcances del art. 9 de la Ordenanza 4/96, por todos aquellos alumnos que así lo deseen, con la única condición de aprobar los dos cursos opcionales identificados con un mismo número en el mencionado Anexo.
ARTICULO 12º.- A efectos de facilitar la transición entre los ordenamientos, secuenciación y correlatividades establecidos en el Anexo III y IV de la Ordenanza 4/96 y el establecido en la presente Ordenanza, se establece que durante el ciclo lectivo 2000 no se podrá exigir la regularidad en Psicología Institucional para poder inscribirse en Psicología Educacional, Psicología Jurídica y Psicología del Trabajo, ni tampoco se podrá exigir aprobada Psicología Social para cursar Psicología Jurídica.
ARTICULO13 º.- Comuníquese, insértese en el Libro de Ordenanzas y archívese.
ORDENANZA CD Nº:
TAM
ANEXO I
Plan de E[Author ID1: at Tue Jul 13 08:46:00 1999
]studios [Author ID1: at Tue Jul 13 08:45:00 1999
] [Author ID2: at Mon Jul 12 15:56:00 1999
][Author ID0: at ]y crédito horario[Author ID2: at Mon Jul 12 15:56:00 1999
] de la Licenciatura en Psicología[Author ID1: at Tue Jul 13 08:46:00 1999
]
CURSOS ELECTIVOS TENTATIVOS
Area educacional
- Problemas psicoeducativos en la educación del superdotado.
- Organización escolar
- Epistemología genética
- Problemas de aprendizaje
- Integración del discapacitado a la escuela común
- El sistema educativo y el desarrollo de la creatividad.
- Pasantía en investigación
- Pasantía en instituciones
- Otros
Area clínica de orientación psicoanalítica
- Psicopatología del narcisismo: Pacientes severamente perturbados.
- Escuela inglesa (autores postkleinianos)
- Freud, una profundización en su obra
- Clínica escuela francesa
- Psicodiagnóstico de Rorschach
- Terapia de niños
- Pasantía en investigación
- Pasantía en instituciones
- Otros
Area clínica de orientación cognitivo-integrativa
- Modelos integrativos en psicoterapia
- Comportamiento sexual
- Psicoprofilaxis obstétrica
- Terapia de niños
- Relaxoterapia
- Pasantía en investigación
- Pasantía en instituciones
- Otros
Area jurídica
- Control social e infancia-adolescencia: el menor como sujeto de derechos
- Género, control social y orden jurídico
- El crimen organizado
- Pena de prisión y rehabilitación: ¿Mito o realidad?
- Psicología comunitaria: Una estrategia de prevención de la criminalidad
- Pasantía en investigación
- Pasantía en instituciones
- Otros
Area laboral
- Psicopatología del trabajo
- Nuevas direcciones en la capacitación para el trabajo
- Psicología de las organizaciones
- Diseños de investigación aplicados a la psicología del trabajo
- Pasantía en investigación
- Pasantía en instituciones
- Otros
Otros cursos electivos tentativos
- Psicología humanista
- Psicología experimental
- Psicología sistémica
- psicolingüística
- Obras literarias fundantes de la reflexión sobre la psiquis
- Reflexiones sobre el lugar del lenguaje en el pensamiento del siglo XX
- Familia y pareja
- Estrategias metodológicas en la investigación cualitativa
- Estrategias metodológicas en la investigación cuantitativa
- Introducción al uso de las computadoras.
- Otros
Total de materias y de carga horaria: 34 materias obligatorias (total: 3020 horas). Cuatro cursos electivos, de 50 hs cada uno (total: 200 horas). Dos cursos de idiomas de 60 horas cada uno (total: 120 horas). Total del Plan: 40 materias (3.340 hs.)
TITULO: LUEGO DE APROBADOS TODOS LOS CURSOS, LA TESIS DE LICENCIATURA O RESIDENCIA, LICENCIADO/A EN PSICOLOGÍA.
ANEXO II
Sistema de correlatividades [Author ID2: at Mon Jul 12 15:11:00 1999 ]de carácter especial
5
CORRESPONDE ORDENANZA CD Nº:
CORRESPONDE ORDENANZA CD Nº:021/99
CORRESPONDE ORDENANZA CD Nº:021/99