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SAN LUIS, 28 de Mayo de 2002.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 003/02 del Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Humanas, obrante en el Expte.C-4-630/02; y
CONSIDERANDO:
Que mediante dicha Ordenanza se aprueba la modificatoria del Plan de Estudios y se reglamenta la implementación de la “Carrera de Especialización en Educación Superior” de la Facultad de Ciencias Humanas, en virtud de la solicitud del Ministerio de Educación de que se cumplimenten los términos de la Resolución Ministerial N° 51/00.
Que el Consejo de Posgrado de la Universidad Nacional de San Luis aconseja se ratifique la Ordenanza N° 003/02 del Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Humanas.
Que la comisión de Asuntos Académicos del Consejo Superior aconsejó se ratifique la Ordenanza de referencia.
Que el Consejo Superior en su sesión del 14/05/02 hizo suyo el dictamen de la Comisión de Asuntos Académicos.
Por ello, y en uso de sus atribuciones,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN LUIS
ORDENA:
ARTICULO 1º.-RATIFICAR en todos sus términos la Ordenanza 003/02 del Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Humanas, mediante la cual se aprueba la modificatoria del Plan de Estudios y se reglamenta la implementación de la “Carrera de Especialización en Educación Superior” de la Facultad de Ciencias Humanas, atento a los considerandos de la presente disposición.
ARTICULO 2º.-Comuníquese, dese al Boletín Oficial de la Universidad Nacional de San Luis para su publicación, insértese en el Libro de Ordenanzas y archívese.
ORDENANZA C.S. Nº 12
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