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VILLA MERCEDES (SAN LUIS), 07 de noviembre de 2011.

VISTO:

La ACTU-USL: 0007623/2011 y el EXP-USL: 0008689/2011, donde Personal Docente de esta Facultad solicita licencia sin goce de haberes, por incompatibilidad, y

CONSIDERANDO:

Que las referidas licencias encuadran en el Artículo 18º de la Ordenanza del Consejo Superior Nº 30/08 que expresa: El personal que revistiendo con carácter de efectivo o interino fuera designado para ocupar transitoriamente otro cargo de mayor jerarquía funcional o presupuestaria, y que por tal motivo queda en situación de incompatibilidad por acumulación de cargos, no está obligado a efectuar la opción mientras subsiste aquella, debiendo solicitar licencia sin goce de haberes en las tareas que no desempeña....

Que la Dirección de Personal elaboró -en cada caso- los informes pertinentes.

Que la Secretaría General tomó la intervención que le compete.

Que conforme lo normado por la Ordenanza del Consejo Superior Nº 29/98, lo solicitado encuadra en el siguiente Propósito Institucional: 9º.- Generar y mantener en constante revisión crítica, metodologías de acción institucional orientadas a crear y afianzar el conjunto de condiciones que se estimen necesarias para la concreción de los propósitos que definen sus funciones específicas.

Por ello, y en uso de sus atribuciones,

EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA Y CIENCIAS

     ECONÓMICO-SOCIALES

     RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Conceder licencia sin goce de haberes, por incompatibilidad (Artículo 18º de la Ordenanza del Consejo Superior Nº 30/08), al siguiente Personal Docente de esta Facultad, en los cargos y con funciones en las Áreas de los Departamentos que en cada caso se indica; y por los términos que se detalla:

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, notifíquese, insértese en el Libro de Resoluciones y archívese.

RESOLUCIÓN D. Nº 772/11

 

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R: -

mar



  

Ingeniero Oscar Daniel MORÁN

Ingeniero Sergio Luis RIBOTTA

SECRETARIO GENERAL

DECANO

FICES-UNSL

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