VILLA MERCEDES (SAN LUIS), 21 de noviembre de 2011.
VISTO:
El EXP-USL: 0012442/2010, donde el Departamento de Inspección Médica de esta Facultad, solicitó la constitución de una Junta Médica de la especialidad Psiquiatría, para examinar a la Señora Debora Inés BAZAN, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 19 de autos, Asesoría Jurídica emitió el siguiente dictamen: correspondería efectuar una evaluación psiquiátrica mediante Junta Médica.
Que Secretaría General solicitó se emita acto administrativo según folio 19 vuelta.
Que la propuesta encuadra en el Artículo 93º del Decreto 366/06 y Artículos 5º a 9º del Anexo de la Ordenanza Rectoral Nº 5/83.
Que conforme lo normado por la Ordenanza del Consejo Superior Nº 29/98, lo solicitado encuadra en la siguiente Recomendación de la Comisión de Autoevaluación de esta Facultad: 31º.- Propender a mejorar la gestión administrativa, en el marco de las normas vigentes o a crearse, tendientes a alcanzar niveles de eficiencia, eficacia y economicidad en todos los órdenes de la organización universitaria.
Por ello, y en uso de sus atribuciones,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA Y CIENCIAS
ECONÓMICO-SOCIALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la constitución de una Junta Médica para reconocimiento de la Señora Debora Inés BAZAN (D.N.I. Nº 22.976.469), quien revista en el cargo Categoría 6, Agrupamiento Administrativo, Efectivo, con funciones en esta Facultad; integrada según se detalla:
Médico Psiquiatra de la agente Debora Inés BAZAN (D.N.I. Nº 22.976.469).
Doctor Ignacio DALMASES (D.N.I. Nº 23.461.161). Especialista en Psiquiatría - Córdoba.
Doctora Analía RIVERO (D.N.I. Nº 11.557.817). Inspección Médica de la FICES - UNSL.
ARTÍCULO 2º.- La referida Junta Médica se constituirá en la sede de la Facultad de Ingeniería y Ciencias Económico-Sociales, Avenida 25 de Mayo Nº 384 de la ciudad de Villa Mercedes; el día jueves 15 de diciembre de 2011, a las 7:45 horas, y elevará su dictamen a la autoridad competente por intermedio de la Dirección de Personal dentro de las veinticuatro (24) horas hábiles de efectuado el reconocimiento (Anexo 8º, Ordenanza Rectoral Nº 5/83).
ARTÍCULO 3º.- Los honorarios del Doctor Ignacio DALMASES (D.N.I. Nº 23.461.161) ascienden a Pesos Dos mil ($2.000), más los gastos de traslado ida y vuelta en colectivo.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, notifíquese, insértese en el Libro de Resoluciones y archívese.
RESOLUCIÓN D. Nº 850/11
P: -- |
R: 31 |
mlt |
|
Ingeniero Oscar Daniel MORAN |
Ingeniero Sergio Luis RIBOTTA |
SECRETARIO GENERAL |
DECANO |
FICES-UNSL |
FICES-UNSL |
|
|
|
|
|
|