Los graficos y membretes han sido eliminados en la conversion, el original permanece inalterado. Si no ve adecuadamente el documento seleccione UTF-8 como conjunto de caracteres de su navegador

SAN LUIS, 3 de Diciembre de 2002.-

VISTO

El Expte. S-1-548/02, donde obran las actuaciones vinculadas con el informe elevado por el Comité Académico de la Universidad Nacional de San Luis sobre “Recomendaciones y propuestas de políticas para el ingreso y la permanencia de los estudiantes en la Universidad Nacional de San Luis” y;

CONSIDERANDO

Que el Consejo Superior en su sesión del 19 de noviembre de 2002, analizó y aprobó en general el documento elevado por el Comité Académico de la Universidad Nacional de San Luis.

Que es política de la Universidad Nacional de San Luis abocarse al estudio de la problemática del ingreso, la permanencia y el avance regular en los estudios de los alumnos que se forman en la Universidad Nacional de San Luis, como tema prioritario de la agenda de trabajo de sus autoridades, que comparte el conjunto de la comunidad universitaria.

Que este tema ha sido debatido en talleres realizados al efecto, durante el año 2002, como así también en las comisiones designadas por las Facultades abocadas al estudio del problema, y en el seno del comité académico de la Universidad Nacional de San Luis.

Que el Sistema de Educación Superior enfrenta como problemática: una tasa de deserción en primer año del 50%, una tasa de graduación del 19% y una duración real de las carreras superior en un 50% a las duraciones teóricas.

Que en la Universidad Nacional de San Luis la tasa de deserción en primer año es del 46,05%, la tasa de graduación es del 18,70%, la duración real un 50% por encima de la duración teórica y el 50% de los alumnos no cumple con la aprobación de las dos materias.

Que existe una importante distancia entre la formación previa de los ingresantes y las competencias y conocimientos que se requieren para los estudios universitarios.

Que la información estadística de los últimos cuatro años sobre las pruebas diagnósticas indican la existencia de altos porcentajes de ingresantes con dificultades para la compresión de textos y la escritura, dificultades para abordar abstracciones simples y/o complejas, dificultades para resolver problemas elementales, limitaciones en el lenguaje y conocimientos insuficientes en disciplinas como Matemática, Química, Biología y Física.

Que la situación socio-económica de los estudiantes se ha agravado, generándose desventajas en aquellos ingresantes provenientes de hogares de menores recursos.

Cpde. Ord. C.S. Nº 33

Que el sistema universitario se ha expandido, trayendo como consecuencia el ingreso a la universidad de un alumnado heterogéneo en cuanto a conocimientos, aptitudes y actitudes.

Que las Universidades Nacionales, con sistemas rígidos y escasez de recursos económicos, necesitan crear las condiciones adecuadas para trabajar con esta nueva complejidad, entre otras: organización de los espacios físicos acorde a la cantidad de alumnos, equipos docentes suficientes, riqueza de materiales, fomento de las interacciones entre pequeños grupos en las prácticas de la enseñanza en el primer año, mayor flexibilidad de los planes de estudio, tareas que exijan el uso de materiales múltiples y provoquen el desarrollo de habilidades diversas, apoyo a los estudiantes con dificultades, clases con simultaneidad de tareas diferentes, etc.

Que un alto porcentaje de jóvenes eligen la carrera sin la información suficiente, a último momento, con datos equivocados e imágenes erróneas sobre los contenidos de la carrera, sus exigencias y posibilidades laborales.

Que existen insuficientes formas de apoyo al estudiante durante el primer año de la carrera e insuficientes vínculos contenedores al interior de la institución y por fuera de ella.

Que las condiciones institucionales y las estrategias de enseñanza en primer año, no siempre favorecen el aprendizaje en grupos numerosos y heterogéneos de alumnos.

Que, por lo expuesto, los elementos que determinan el abandono de los estudiantes del sistema universitario son muy complejos y de naturaleza variada, por lo que no es posible enfrentar el problema con políticas únicas que atiendan un solo factor.

Que el rendimiento académico previo de los alumnos ingresantes a la universidad, es un elemento importante, pero no determinante de la permanencia.

Que la problemática del ingreso y la permanencia es un problema institucional que involucra a todos, y no sólo a los docentes y alumnos de primer año.

Que garantizar una formación de calidad implica ocuparse del ingreso, la permanencia, el avance regular y el egreso.

Que es necesario cumplir y sostener el principio constitucional que proclama la igualdad de oportunidades y de posibilidades sin discriminar.

Que se debe cumplir con el estatuto que expresa que la universidad debe ofrecer libre acceso a los estudiantes conforme a las reglamentaciones que se dicten para su admisibilidad.

Que el propósito institucional N° 2 expresa que se debe posibilitar que todos los alumnos al concluir los estudios de grado alcancen los máximos niveles de logro posibles en los diversos aspectos que configuren una formación de calidad.

Cpde. Ord. C.S. Nº 33

Que el propósito institucional N° 3 establece que se debe mantener una alta eficacia en los procesos de democratización de oportunidades ofrecidas a los alumnos para que accedan y concluyan exitosamente sus estudios.

Que el propósito institucional N° 4 fija que se debe alcanzar la más alta tasa de retención y de avance regular de los miembros de cada cohorte, hasta la conclusión exitosa de los estudios emprendidos.

Que el propósito institucional N° 11 expresa que se debe generar y mantener en constante revisión crítica, metodologías de acción institucional orientadas a crear y afianzar el conjunto de condiciones que se estimen necesarias para la creación de los propósitos que definen sus funciones específicas.

Que con el ingreso es necesario implementar políticas compensatorias de las desigualdades detectadas en los niveles de formación previa.

Que es necesario instrumentar una estrategia de conjunto que involucre a todas las facultades, respetando las particularidades de cada una de ellas.

Que es necesaria la definición de líneas de trabajo cuyas acciones se articulen entre sí y puedan dar lugar a distintos proyectos.

Que de acuerdo a las conclusiones de los talleres desarrollados en las Facultades y en la Universidad se definieron cinco líneas de acción: Articulación con el nivel Polimodal, Información y orientación sobre las carreras y el campo laboral, Curso de apoyo y trayecto de formación con apoyo, Sistema de tutorías, becas, etc. y Prácticas de la enseñanza en primer año.

Que los principios que orientan la Articulación con el nivel Polimodal son la necesidad de la colaboración entre los distintos niveles de enseñanza y ayudar al nivel Polimodal a recuperar su histórica función formativa para los estudios superiores, enumerándose como posibles acciones a concretar: la definición desde la universidad de las competencias básicas y saberes mínimos o conjunto de disciplinas, la oferta de cursos de formación en contenidos y competencias específicas con distintas modalidades de trabajo, la cooperación entre instituciones educativas de distintos niveles y la incorporación de docentes de nivel Polimodal como pasantes a la actividad docente universitaria.

Que la información y orientación sobre las carreras y el campo laboral constituye un derecho de los estudiantes y una obligación de la Institución, que le permita al estudiante obtener suficiente claridad en cuanto al contenido, las exigencias de la carrera elegida y el campo laboral.

Que el curso de apoyo y trayecto de formación con apoyo, es una línea constituida por actividades de diseño y evaluación de pruebas diagnósticas y actividades curriculares referidas a los contenidos disciplinares, estrategias de aprendizaje y orientación, con el objetivo de brindar al alumno la posibilidad de revisar y profundizar conocimientos en diferentes áreas disciplinares básicas según la carrera elegida.

Cpde. Ord. C.S. Nº 33

Que los principios que orientan el sistema de tutorías son la orientación y el apoyo psicopedagógico a los estudiantes, contar con un acompañante pedagógico y subrayar el papel del estudiante como protagonista en su proceso de desarrollo y formación.

Que es necesario generar estrategias de enseñanza y de evaluación que favorezcan el aprendizaje de los alumnos de primer año, que promuevan el avance de los alumnos en su estudios y se adecuen a las características de los alumnos de primer año.

Que es necesario avanzar en conjunto en Proyectos de Investigación Institucional que indaguen y aporten datos que permitan conocer y analizar la problemática en estudio y proponer estrategias de intervención y su monitoreo para mejorar las condiciones de formación de los alumnos ingresantes y aquellas que aparezcan a lo largo de la carrera.

Que es necesario jerarquizar la labor docente destinada al mejoramiento de la docencia de grado y alentar la participación en este tipo de programas y proyectos, debiendo éstos ser tenidos en cuenta en la valoración de los antecedentes académicos y de investigación.

Que es necesario que este programa de ingreso y permanencia sea declarado de interés institucional y por tanto contar con apoyo presupuestario que permita su implementación, evaluación y consolidación en el tiempo.

Que ha sido debatido en Talleres en las Facultades, en la Universidad, analizado por el Comité Académico de la Universidad Nacional de San Luis y por la Comisión de Asuntos Académicos del Consejo Superior.

Que ha sido presentado por el Comité Académico de la Universidad Nacional de San Luis al Consejo Superior, expresando éste la necesidad de su implementación.

Por ello y en uso de sus atribuciones:

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN LUIS

ORDENA:

ARTÍCULO 1º.- Crear a partir del año 2003 el Programa de Ingreso y Permanencia de Estudiantes a la Universidad Nacional de San Luis (PIPE-UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN LUIS), con los siguientes objetivos fundamentales:

Cpde. Ord. C.S. Nº 33

ARTÍCULO 2º.- El PIPE-UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN LUIS constará de cinco líneas de acción: a) Articulación con el nivel Polimodal, b) Información y orientación sobre las carreras y el campo laboral, c) Cursos de Apoyo y Trayecto de Formación con Apoyo, d) Sistema de tutorías y e) Prácticas de enseñanza en primer año. Cada Facultad deberá implementar para el Ciclo Lectivo 2003 la línea c) y las restantes en forma anual y paulatina. Se planificarán acciones a desarrollar en cada una de las cinco líneas en base a las experiencias previas.

ARTÍCULO 3º.- Para ingresar a la Universidad Nacional de San Luis los alumnos deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Presentar toda la documentación exigida por la institución, b) Constancia de haber aprobado el nivel Polimodal con anterioridad al 30 de abril o ingresar por la normativa de mayores de 25 años y c) No adeudar más de tres materias del Polimodal al momento de la inscripción o ingresar por la normativa de mayores de 25 años (Ord. 25/95-C.S.)

ARTÍCULO 4º.- El ingreso a la Universidad Nacional de San Luis es libre, debiendo los alumnos cumplir con los requisitos de inscripción expresados en el Artículo 3°.

ARTÍCULO 5º.- Cada Facultad establecerá para cada Carrera las articulaciones curriculares que pudieren corresponder entre los módulos del Curso de Apoyo y las asignaturas de primer año. La aprobación de cada módulo será requisito para el cursado de las asignaturas articuladas con éste.

ARTÍCULO 6º.- Cada Facultad deberá implementar Trayectos de Formación con apoyo de una duración de al menos un cuatrimestre para aquellos alumnos que no aprueben los módulos del curso de apoyo y que articulen con asignaturas de sus Carreras.

ARTÍCULO 7º.- El Consejo Directivo de cada Facultad aprobará el programa de actividades del “Curso de Apoyo y del Trayecto de Formación con Apoyo”.

ARTÍCULO 8º.- Una vez implementadas en cada Facultad, las Tutorías de Pares o sistema equivalente tendrán como una de sus funciones el seguimiento del desempeño de los alumnos aspirantes e ingresantes durante primer año. Esto permitirá colaborar en el análisis de los índices de desgranamiento y deserción.

Cpde. Ord. C.S. Nº 33

ARTÍCULO 9º.- Anualmente cada Facultad deberá presentar a la Secretaría Académica de la Universidad un informe del grado de cumplimiento de los objetivos y las metas planificadas.

ARTÍCULO 10º.- La Universidad Nacional de San Luis deberá disponer de una partida presupuestaria anual no menor al 0,5% del presupuesto de la Finalidad 3.4 - Educación Superior, el cual será distribuido anualmente entre las Facultades en función de la planificación presentada por cada una de ellas.

ARTÍCULO 11º.- Toda normativa vigente que se oponga a la presente queda automáticamente derogada.

ARTÍCULO 12º.- Comuníquese, dese al Boletín Oficial de la Universidad Nacional de San Luis para su publicación, insértese en el Libro de Ordenanzas y archívese.

ORDENANZA C.S. Nº 33