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SAN LUIS, 26 de mayo de 2006.-
VISTO:
El Expte. M-1-322/06, en el cual obran las solicitudes de modificación del Estatuto de la Universidad Nacional de San Luis, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Res. Nº29/05-CS se designó una Comisión encargada del estudio y revisión de las propuestas de modificación del Estatuto de la Universidad Nacional de San Luis.
Que el Consejo Superior, en su sesión del 18/10/05, decidió fijar como fecha final para la recepción de propuestas de modificación del Estatuto Universitario hasta el 10/12/05; hasta el 01/04/06 análisis de las mismas y convocar a Asamblea Universitaria para el 15/05/06.
Que la Comisión Ad-Hoc designada solicitó se prorrogue el período establecido para el análisis de las propuestas ingresadas.
Que de acuerdo a lo establecido en el Título V, Capítulo I, Art. 78º del Estatuto Universitario, son atribuciones de la Asamblea Universitaria modificar el Estatuto, en reunión convocada especialmente.
Que corresponde protocolizar mediante la presente disposición la convocatoria a Asamblea Universitaria, de acuerdo a lo determinado por el Art. 74º del Estatuto Universitario.
Que el Consejo Superior, en su sesión del 18 de Abril de 2006, aprobó convocar a Asamblea Universitaria para el día 20 de Junio de 2006.
Por ello, y en uso de sus atribuciones,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN LUIS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- CONVOCAR a la Asamblea Universitaria para el día 20 de Junio de 2006, a las 16 hs., en el Polideportivo “Alejandro Caltabiano”, sito en Lavalle Nº 956 de la Ciudad de San Luis.
ARTÍCULO 2º.- Establecer el siguiente Orden del Día:
-Designación de TRES (3) Asambleístas para la firma del Acta.
-Tratamiento de las propuestas presentadas (no rechazadas) de modificación del Estatuto de la Universidad Nacional de San Luis:
Punto 1: Voto de interinos, contratados y temporarios (Art. 113, 114, 115)
Punto 2: Composición de los Cuerpos Colegiados
Punto 2.1- Asamblea Universitaria (Art. 73, 77)
Punto 2.2- Consejo Superior (Art. 79)
Punto 2.3- Consejo Directivo (Art. 92)
Cpde. Res. C.S. Nº90/06
Punto 2.4- Consejo Departamental
Punto 3: Atribuciones de Rector y Decanos (Art. 79, 80, 81, 83, 85, 89, 90, 93, 98, 101, 102, 103)
Punto 4: Creación de un Consejo Social (incorporación de Organismo previsto en la LES)
Punto 5: Modificación del Régimen Electoral e incompatibilidades (Art. 107, 108, 110, 111, 114, 118, 120, 124, 125, 127, 128, 132 y 137)
Punto 6: Reelección de autoridades unipersonales y colegiadas, incluyendo el período de gobierno (Art. 82, 86, 94, 98, 105, 108, 119, 120, 163)
Punto 7: Modificación de artículos que se detallan
Punto 7.1: Incorporación de la figura de Docente Temporario (Art. 45, 54)
Punto 7.2: Evaluación docente (Reválida) (Art. 37)
Punto 7.3: Investigación (Art. 25, 27 y 28)
Punto 7.4: Enseñanza universitaria (Art. 7)
Punto 7.5: Cursos paralelos para alumnos que trabajan
Punto 8: Atribuciones de Consejos Departamentales y Directores de Departamento (Art. 92, 93, 94, 95, 98, 99, 101, 102, 105)
ARTICULO 3º.- Comuníquese, dése al Boletín Oficial de la Universidad Nacional de San Luis para su publicación, insértese en el Libro de Resoluciones y archívese.
RESOLUCIÓN C.S. Nº90/06
NR
SAN LUIS,
VISTO:
El Expte. M-1-322/06, en el cual obran las solicitudes de modificación del Estatuto de la Universidad Nacional de San Luis, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Res. Nº29/05-CS se designó una Comisión encargada del estudio y revisión de las propuestas de modificación del Estatuto de la Universidad Nacional de San Luis.
Que el Consejo Superior, en su sesión del 18/10/05, decidió fijar como fecha final para la recepción de propuestas de modificación del Estatuto Universitario hasta el 10/12/05; hasta el 01/04/06 análisis de las mismas y convocar a Asamblea Universitaria para el 15/05/06.
Que la Comisión Ad-Hoc designada solicitó se prorrogue el período establecido para el análisis de las propuestas ingresadas.
Que de acuerdo a lo establecido en el Título V, Capítulo I, Art. 78º del Estatuto Universitario, son atribuciones de la Asamblea Universitaria modificar el Estatuto, en reunión convocada especialmente.
Que corresponde protocolizar mediante la presente disposición la convocatoria a Asamblea Universitaria, de acuerdo a lo determinado por el Art. 74º del Estatuto Universitario.
Que el Consejo Superior, en su sesión del 18 de Abril de 2006, aprobó convocar a Asamblea Universitaria para el día 20 de Junio de 2006.
Por ello, y en uso de sus atribuciones,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN LUIS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- CONVOCAR a la Asamblea Universitaria para el día 20 de Junio de 2006, a las 16 hs., en el Polideportivo “Alejandro Caltabiano”, sito en Lavalle Nº 956 de la Ciudad de San Luis.
ARTÍCULO 2º.- Establecer el siguiente Orden del Día:
-Designación de TRES (3) Asambleístas para la firma del Acta.
-Tratamiento de las propuestas presentadas (no rechazadas) de modificación del Estatuto de la Universidad Nacional de San Luis:
Punto 1: Voto de interinos, contratados y temporarios
Punto 2: Composición de los cuerpos colegiados
Punto 2.1- Asamblea Universitaria
Punto 2.2- Consejo Superior
Punto 2.3- Consejo Directivo
Punto 3: Atribuciones de Rector y Decanos
Punto 4: Creación de un Consejo Social
Punto 5: Modificación del Régimen Electoral e incompatibilidades
Punto 6: Reelección de autoridades unipersonales y colegiadas, incluyendo el período de gobierno
Punto 7: Modificación de artículos específicos
Punto 7.1: Incorporación de la figura de Docente Temporario
Punto 7.2: Evaluación docente (Reválida)
Punto 7.3: Investigación
Punto 7.4: Enseñanza universitaria
Punto 7.5:
Punto 8: Atribuciones de Consejos Departamentales y Directores de Departamento
ARTICULO 3º.- Comuníquese, dése al Boletín Oficial de la Universidad Nacional de San Luis para su publicación, insértese en el Libro de Resoluciones y archívese.
RESOLUCIÓN C.S. Nº