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SAN LUIS, 26 de mayo de 2006.-

VISTO:

El Expte. M-1-322/06, en el cual obran las solicitudes de modificación del Estatuto de la Universidad Nacional de San Luis, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Res. Nº29/05-CS se designó una Comisión encargada del estudio y revisión de las propuestas de modificación del Estatuto de la Universidad Nacional de San Luis.

Que el Consejo Superior, en su sesión del 18/10/05, decidió fijar como fecha final para la recepción de propuestas de modificación del Estatuto Universitario hasta el 10/12/05; hasta el 01/04/06 análisis de las mismas y convocar a Asamblea Universitaria para el 15/05/06.

Que la Comisión Ad-Hoc designada solicitó se prorrogue el período establecido para el análisis de las propuestas ingresadas.

Que de acuerdo a lo establecido en el Título V, Capítulo I, Art. 78º del Estatuto Universitario, son atribuciones de la Asamblea Universitaria modificar el Estatuto, en reunión convocada especialmente.

Que corresponde protocolizar mediante la presente disposición la convocatoria a Asamblea Universitaria, de acuerdo a lo determinado por el Art. 74º del Estatuto Universitario.

Que el Consejo Superior, en su sesión del 18 de Abril de 2006, aprobó convocar a Asamblea Universitaria para el día 20 de Junio de 2006.

Por ello, y en uso de sus atribuciones,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN LUIS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- CONVOCAR a la Asamblea Universitaria para el día 20 de Junio de 2006, a las 16 hs., en el Polideportivo “Alejandro Caltabiano”, sito en Lavalle Nº 956 de la Ciudad de San Luis.

ARTÍCULO 2º.- Establecer el siguiente Orden del Día:

-Designación de TRES (3) Asambleístas para la firma del Acta.

-Tratamiento de las propuestas presentadas (no rechazadas) de modificación del Estatuto de la Universidad Nacional de San Luis:

Punto 1: Voto de interinos, contratados y temporarios (Art. 113, 114, 115)

Punto 2: Composición de los Cuerpos Colegiados

Punto 2.1- Asamblea Universitaria (Art. 73, 77)

Punto 2.2- Consejo Superior (Art. 79)

Punto 2.3- Consejo Directivo (Art. 92)

Cpde. Res. C.S. Nº90/06

Punto 2.4- Consejo Departamental

Punto 3: Atribuciones de Rector y Decanos (Art. 79, 80, 81, 83, 85, 89, 90, 93, 98, 101, 102, 103)

Punto 4: Creación de un Consejo Social (incorporación de Organismo previsto en la LES)

Punto 5: Modificación del Régimen Electoral e incompatibilidades (Art. 107, 108, 110, 111, 114, 118, 120, 124, 125, 127, 128, 132 y 137)

Punto 6: Reelección de autoridades unipersonales y colegiadas, incluyendo el período de gobierno (Art. 82, 86, 94, 98, 105, 108, 119, 120, 163)

Punto 7: Modificación de artículos que se detallan

Punto 7.1: Incorporación de la figura de Docente Temporario (Art. 45, 54)

Punto 7.2: Evaluación docente (Reválida) (Art. 37)

Punto 7.3: Investigación (Art. 25, 27 y 28)

Punto 7.4: Enseñanza universitaria (Art. 7)

Punto 7.5: Cursos paralelos para alumnos que trabajan

Punto 8: Atribuciones de Consejos Departamentales y Directores de Departamento (Art. 92, 93, 94, 95, 98, 99, 101, 102, 105)

ARTICULO 3º.- Comuníquese, dése al Boletín Oficial de la Universidad Nacional de San Luis para su publicación, insértese en el Libro de Resoluciones y archívese.

RESOLUCIÓN C.S. Nº90/06

NR

SAN LUIS,

VISTO:

El Expte. M-1-322/06, en el cual obran las solicitudes de modificación del Estatuto de la Universidad Nacional de San Luis, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Res. Nº29/05-CS se designó una Comisión encargada del estudio y revisión de las propuestas de modificación del Estatuto de la Universidad Nacional de San Luis.

Que el Consejo Superior, en su sesión del 18/10/05, decidió fijar como fecha final para la recepción de propuestas de modificación del Estatuto Universitario hasta el 10/12/05; hasta el 01/04/06 análisis de las mismas y convocar a Asamblea Universitaria para el 15/05/06.

Que la Comisión Ad-Hoc designada solicitó se prorrogue el período establecido para el análisis de las propuestas ingresadas.

Que de acuerdo a lo establecido en el Título V, Capítulo I, Art. 78º del Estatuto Universitario, son atribuciones de la Asamblea Universitaria modificar el Estatuto, en reunión convocada especialmente.

Que corresponde protocolizar mediante la presente disposición la convocatoria a Asamblea Universitaria, de acuerdo a lo determinado por el Art. 74º del Estatuto Universitario.

Que el Consejo Superior, en su sesión del 18 de Abril de 2006, aprobó convocar a Asamblea Universitaria para el día 20 de Junio de 2006.

Por ello, y en uso de sus atribuciones,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN LUIS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- CONVOCAR a la Asamblea Universitaria para el día 20 de Junio de 2006, a las 16 hs., en el Polideportivo “Alejandro Caltabiano”, sito en Lavalle Nº 956 de la Ciudad de San Luis.

ARTÍCULO 2º.- Establecer el siguiente Orden del Día:

-Designación de TRES (3) Asambleístas para la firma del Acta.

-Tratamiento de las propuestas presentadas (no rechazadas) de modificación del Estatuto de la Universidad Nacional de San Luis:

Punto 1: Voto de interinos, contratados y temporarios

Punto 2: Composición de los cuerpos colegiados

Punto 2.1- Asamblea Universitaria

Punto 2.2- Consejo Superior

Punto 2.3- Consejo Directivo

Punto 3: Atribuciones de Rector y Decanos

Punto 4: Creación de un Consejo Social

Punto 5: Modificación del Régimen Electoral e incompatibilidades

Punto 6: Reelección de autoridades unipersonales y colegiadas, incluyendo el período de gobierno

Punto 7: Modificación de artículos específicos

Punto 7.1: Incorporación de la figura de Docente Temporario

Punto 7.2: Evaluación docente (Reválida)

Punto 7.3: Investigación

Punto 7.4: Enseñanza universitaria

Punto 7.5:

Punto 8: Atribuciones de Consejos Departamentales y Directores de Departamento

ARTICULO 3º.- Comuníquese, dése al Boletín Oficial de la Universidad Nacional de San Luis para su publicación, insértese en el Libro de Resoluciones y archívese.

RESOLUCIÓN C.S. Nº